¿Para cuándo las STC que faltan sobre la Ley de Vivienda?

El pasado marzo hicimos un primer acercamiento al estado de los Recursos de Inconstitucionalidad contra la Ley de Vivienda del Estado (Ley 12/2023) y después de la primera STC de junio (la STC 79/2024 el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por la Comunidad Andaluza) señalamos que todavía había recursos por resolver. Esos recursos suscitan cuestiones no menores, tales como los deberes de la propiedad, las reservas de vivienda de protección pública, la intervención de las administraciones supramunicipales una vez declarada una zona de mercado tensionado, la planificación del Estado en materia de planes de vivienda, objetivos del parque de vivienda destinada a políticas sociales y otros.

Es cierto que sus señorías han tenido una agenda muy apretada estos meses, pero si la resolución del Recurso de Inconstitucionalidad andaluz fue tan clara como pareció, nos preguntamos qué les impidió resolver los otros recursos, incluso de manera conjunta, y así todos ganaríamos en seguridad jurídica.

Al hilo de la seguridad jurídica, sorprende que aquí no haya adalides de la misma denunciando la vulneración del precepto cuando la Ley de Vivienda también introduce cambios importantes en las determinaciones de planeamiento y de calificación de suelos, cuando se activan sus instrumentos y aunque no haya modificaciones de plan, ni de leyes autonómicas. ¿Será que la postura del TC va a ser la de la STC 61/1997 y que lo que diga el Estado no tiene aplicación alguna? o ¿Será que la queja se produce en función de hacia dónde apunte el vector del negocio urbanístico-inmobiliario?

Volviendo a los recursos de inconstitucionalidad, recordemos que los 7 pendientes son: Illes Balears, Cataluña, C.A. de Madrid, Euskadi, Partido Popular, Galicia y Parlamento de Cataluña, algunos por motivos competenciales y otros de fondo “ideológico”.

Lo más paradójico es que los Recursos de Inconstitucionalidad de Illes Balears, Cataluña, C.A. de Madrid, Partido Popular fueron admitidos a trámite conjuntamente con el Andaluz (nota informativa del 26/09/2023) y, sin embargo, siguen sin resolverse. ¿Será que en función de quien lo interponga se aprieta más el acelerador o es que hay más matices de fondo?

En cualquier caso, como vamos de tres en tres (meses) nos preguntamos ¿Dónde caerá el siguiente “cero” de la Ley de Vivienda?

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