El Tribunal Constitucional avala la Ley del Suelo

En Sentencia de 11 de Septiembre, el Tribunal Constitucional ha desestimado los recursos del Grupo Popular y de las Comunidades Autonomas de Madrid, La Rioja y Canarias contra la Ley 8/2007 de Suelo, salvo en lo relativo al precepto que limita los efectos del coeficiente de localización al doble


El Tribunal Constitucional ha dictado Sentencia anulando el límite máximo que el TRLS 23.1.a.3º (LS07 22) pone al gobierno en la regulación de  los valores objetivos de localización y que dicho precepto fija en el doble.


En todo los demás aspectos del recurso (planteado por las Comunidades Autónomas de Madrid, La Rioja y Canarias, así como por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso) el Tribunal, o bien los desestima, o bien los declara decaidos a consecuencia de la modificación del L3R.


Respectoto al precepto anulado y en una lectura de urgencia, parece que el motivo es que siendo la finalidad de este coeficiente facilitar que el valor sea más justo, no deben establecerse a priori límites a la justicia. Por ello y en principio, sus efectos no serían otros que cuando el Gobierno vuelva a regular el coeficiente de localización no estará constreñido por este límite al doble, pero si podría establecer una regulación que nunca generara resultados que superen el doble. También con el carácter de primera aproximación, parece que este fallo no se podría trasladar a suprimir el límite del doble reproducido en el tos particulares (González RivasRoca Trías y Ollero Tassara)



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