La recién aprobada Ley de Cambio Climático y Transición Energética (LCCTE) obliga a un reenfoque de la actividad urbanística y amplía el ya largo listado de informes preceptivos de los planes urbanísticos y de ordenación territorial.
En un post anterior nos referíamos a la STC 134/2019 Valdecañas, que anula una actuación en suelo Urbanizable porque la situación Rural del suelo obliga a su clasificación como No Urbanizable.
El modelo de planeamiento urbanístico actual responde a una concepción de la acción urbanística ya superada y no se adecua a las necesidades actuales; sin embargo, las leyes urbanísticas siguen repitiendo el modelo sin salirse de la zona de confort a pesar de sus ineficiencias.