Rendimiento de la Deuda Pública
Las valoraciones urbanísticas utilizan como «interés» dos referentes: a) El rendimiento de las Obligaciones del Estado a 30 años y b) el rendimiento de la deuda de plazo entre dos y seis años.
- ¿Cuándo se utiliza el promedio del rendimiento de las Obligaciones del Estado a 30 años?
- ¿Cuándo se utiliza el rendimiento de la deuda pública de plazo entre dos y seis años?
- Criterios de aplicación
- Rendimiento de las Obligaciones del Estado a 30 años
- Rendimiento de la Deuda Púbica de plazo entre dos y seis años
1. ¿Cuándo se utiliza el Promedio del Rendimiento de las Obligaciones del Estado a 30 años?
Se utiliza como Tipo de capitalización (o de Tipo de Actualización de Rentas) para valorar el suelo Rural mediante la aplicación de dicho tipo a la renta de la explotación (TRLSR 36, RVal 12). Ejemplo.
Esto es así desde la promulgación de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, que entró en vigor el 1 de octubre de 2015, tal como se comentó. Hasta entonces se aplicaba como tipo de capitalización el Rendimiento de la Deuda Pública de Plazo entre Dos y Seis Años a que se refiere el apartado siguiente.
2. ¿Cuándo se utiliza el Rendimiento de la Deuda Pública de Plazo entre Dos y Seis Años?
Se utiliza como Tasa Libre de Riesgo para:
- Incrementar el valor de los deberes y cargas pendientes en suelo Urbanizado no edificado que no esté sujeto a actuación de reforma o renovación (TRLSR 37.1.c, RVal 22.3.2º). Ejemplo.
- Incrementar los gastos de urbanización al objeto de determinar las compensaciones por no adjudicación en operaciones de equidistribución (TRLSR 40.2, RVal 27.2). Ejemplo.
- Incrementar la indemnización de la iniciativa (TRLSR 39.1, RVal 29.1.2º).
Hasta el 01/10/2015, fecha en que entró en vigor la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, este referente también se aplicaba como tipo de capitalización para valorar el suelo Rural.
3. Criterios de aplicación
El rendimiento de las Obligaciones del Estado a 30 años que se considera es «el valor promedio de los datos anuales publicados por el Banco de España de la rentabilidad de las Obligaciones del Estado a 30 años, correspondientes a los tres años anteriores a la fecha a la que deba entenderse referida la valoración» (TRLSR DA7).
El rendimiento de la deuda pública que se considera es el último publicado por el Banco de España, tal como señala el art. 22.3.2º RVal. Se publica en el BOE a principios de cada mes.
4. Rendimiento de las Obligaciones del Estado a 30 años.
Datos anuales
- 2020: 0,86%
- 2019: 1,31%
- 2018: 2,62%
- 2017: 2,68%
- 2016: 2,74%
- 2015: 2,85%
- 2014: 3,13%
- 2013: 5,03%
- 2012: 5,91%
Tipo de capitalización*
- 2020: 1,60%
- Desde el 01/01/2020: 2,20%
- Desde el 01/01/2019: 2,68%
- Desde el 01/01/2018: 2,76%
- Desde el 01/01/2017: 2,91%
- Desde el 01/01/2016: 3,67%
- Desde 01/10/2015: 4,69%
- Hasta el 30/09/2015: véase el epígrafe siguiente.
* Nota: El tipo de capitalización se ha calculado considerando el promedio publicado de cada año natural; sin embargo podría calcularse considerando el promedio de los tres periodos de 365 días precedentes a la fecha de efectos de la valoración tal como se propone en el siguiente informe de la abogacía del Estado.
5. Rendimiento de la Deuda Púbica de plazo entre dos y seis años
Últimos 12 meses
Publicación | Tipo |
---|---|
05/01/2021 | -0,356% |
01/12/2020 | -0,302% |
04/11/2020 | -0,232% |
02/10/2020 | -0,133% |
02/09/2020 | -0,077% |
03/08/2020 | -0,070% |
02/07/2020 | -0,054% |
02/06/2020 | -0,049% |
05/05/2020 | -0,075% |
02/04/2020 | -0,166% |
03/03/2020 | -0,219% |
04/02/2020 | -0,235% |
Años anteriores
2020
Publicación | Tipo |
---|---|
03/01/2020 | -0,264% |
04/02/2020 | -0,235% |
03/03/2020 | -0,219% |
02/04/2020 | -0,166% |
05/05/2020 | -0,075% |
02/06/2020 | -0,049% |
02/07/2020 | -0,054 % |
03/08/2020 | -0,070% |
02/09/2020 | -0,077% |
02/10/2020 | -0,133% |
04/11/2020 | -0,232% |
01/12/2020 | -0,302% |
Publicación | Tipo |
---|---|
03/01/2019 | 0,217% |
02/02/2019 | 0,221% |
02/03/2019 | 0,223% |
02/04/2019 | 0,196% |
07/05/2019 | 0,136% |
04/06/2019 | 0,066% |
02/07/2019 | 0,008% |
02/08/2019 | -0,070% |
03/09/2019 | -0,143% |
02/10/2019 | -0,201% |
05/11/2019 | -0,252% |
03/12/2019 | -0,272% |
Publicación | Tipo |
---|---|
02/01/2018 | 0,073% |
02/02/2018 | 0,070% |
02/03/2018 | 0,093% |
03/04/2018 | 0,108% |
04/05/2018 | 0,107% |
02/06/2018 | 0,119% |
03/07/2018 | 0,136% |
02/08/2018 | 0,136% |
03/09/2018 | 0,120% |
02/10/2018 | 0,134% |
03/11/2018 | 0,189% |
03/12/2018 | 0,218% |
Publicación | Tipo |
---|---|
03/01/2017 | 0,078% |
01/02/2017 | 0,087% |
02/03/2017 | 0,136% |
04/04/2017 | 0,179% |
04/05/2017 | 0,215% |
02/06/2017 | 0,205% |
04/07/2017 | 0,187% |
02/08/2017 | 0,183% |
02/09/2017 | 0,142% |
03/10/2017 | 0,104% |
03/11/2017 | 0,074% |
02/12/2017 | 0,065% |
Publicación | Tipo |
---|---|
04/01/2016 | 0,597% |
02/02/2016 | 0,545% |
02/03/2016 | 0,525% |
02/04/2016 | 0,455% |
04/05/2016 | 0,423% |
02/06/2016 | 0,388% |
02/07/2016 | 0,359% |
03/08/2016 | 0,306% |
02/09/2016 | 0,224% |
04/10/2016 | 0,165% |
03/11/2016 | 0,110% |
02/12/2016 | 0,105% |
Publicación | Tipo |
---|---|
02/01/2015 | 0,828% |
03/02/2015 | 0,758% |
03/03/2015 | 0,712% |
02/04/2015 | 0,655% |
05/05/2015 | 0,585% |
02/06/2015 | 0,535% |
03/07/2015 | 0,555% |
04/08/2015 | 0,573% |
02/09/2015 | 0,579% |
02/10/2015 | 0,641% |
03/11/2015 | 0,665% |
02/12/2015 | 0,654% |
Mes | Tipo | BOE |
---|---|---|
Ene-14 | 2,427% | 04/02/2014 |
Feb-14 | 2,222% | 04/03/2014 |
Mar-14 | 2,067% | 02/04/2014 |
Abr-14 | 1,888% | 05/05/2014 |
May-14 | 1,720% | 03/06/2014 |
Jun-14 | 1,523% | 02/07/2014 |
Jul-14 | 1,359% | 02/08/2014 |
Ago-14 | 1,213% | 02/09/2014 |
Sep-14 | 1,064% | 02/10/2014 |
Oct-14 | 0,968% | 04/11/2014 |
Nov-14 | 0,883% | 02/12/2014 |
Dic-14 | 0,828% | 02/12/2014 |
2013 | Tipo | BOE |
---|---|---|
Enero | 3,992% | 02/02/2013 |
Febrero | 3,667% | 02/03/2013 |
Marzo | 3,510% | 02/04/2013 |
Abril | 3,338% | 04/05/2013 |
Mayo | 3,087% | 04/06/2013 |
Junio | 2,974% | 02/07/2013 |
Julio | 2,943% | 02/08/2013 |
Agosto | 2,910% | 03/09/2013 |
Septiembre | 2,816% | 02/10/2013 |
Octubre | 2,741% | 04/06/2013 |
Noviembre | 2,711% | 03/12/2013 |
Diciembre | 2,603% | 03/01/2014 |
2012 | Tipo | BOE |
---|---|---|
Enero | 4,267% | 02/02/2012 |
Febrero | 4,109% | 02/03/2012 |
Marzo | 3,935% | 03/04/2012 |
Abril | 3,905% | 04/05/2012 |
Mayo | 3,802% | 02/06/2012 |
Junio | 4,021% | 03/07/2012 |
Julio | 4,389% | 02/08/2012 |
Agosto | 4,705% | 04/09/2012 |
Septiembre | 4,896% | 02/10/2012 |
Octubre | 4,849% | 03/11/2012 |
Noviembre | 4,725% | 04/12/2012 |
Diciembre | 4,450% | 03/01/2013 |
2011 | Tipo | BOE |
---|---|---|
Enero | 3,304% | 02/02/2011 |
Febrero | 3,510% | 02/03/2011 |
Marzo | 3,676% | 02/04/2011 |
Abril | 3,896% | 04/05/2011 |
Mayo | 4,020% | 02/06/2011 |
Junio | 4,051% | 02/07/2011 |
Julio | 4,161% | 02/09/2011 |
Agosto | 4,212% | 04/09/2012 |
Septiembre | 4,272% | 04/10/2011 |
Octubre | 4,286% | 03/11/2011 |
Noviembre | 4,459% | 02/12/2011 |
Diciembre | 4,445% | 03/01/2012 |
2010 | Tipo | BOE |
---|---|---|
Enero | 2,351% | 02/02/2010 |
Febrero | 2,371% | 02/03/2010 |
Marzo | 2,366% | 06/04/2010 |
Abril | 2,368% | 04/05/2010 |
Mayo | 2,457% | 02/06/2010 |
Junio | 2,650% | 02/07/2010 |
Julio | 2,739% | 04/08/2010 |
Agosto | 2,758% | 02/09/2010 |
Septiembre | 2,850% | 02/10/2010 |
Octubre | 2,885% | 03/11/2010 |
Noviembre | 3,005% | 02/12/2010 |
Diciembre | 3,122% | 04/01/2011 |
Buenos días, muchas gracias por la información publicada, es de gran ayuda. ¿podría por favor publicar la referencia de la «rentabilidad media anual del tipo medio de la Deuda del Estado con vencimiento superior a dos años» a la que se refiere la Orden ECO805/2003 en su art32; o decirme donde puedo encontrarla? No sé exactamente a qué tipo legal se refiere, y buscando en las publicaciones de tipos legales no encuentro uno con tal denominación. Me sería de gran ayuda. Muchísimas gracias.
Estimada Sara.
Aqui podrás encontrar la información que buscas.
http://orbenismo.es/rendimiento-deuda-publica/
Saludos.
Muchas gracias. Sin embargo los tipos de esta entrada del blog se refieren al «rendimiento de la deuda pública en el mercado interno entre 2 y 6 años» mencionados en el TRLSyRU , mientras que la Orden ECO hace referencia a “rentabilidad media anual del tipo medio de la Deuda del Estado con vencimiento superior a dos años” ( que es el tipo legal al que me refería en mi pregunta anterior) , ¿o es que son equivalentes?
Hola Sara. Disculpa, habíamos entendido mal. Efectivamente, la Tasa Libre de Riesgo (TLR) de la Ley de Suelo y de la ECO no son coincidentes:
No obstante, los datos sobre rendimiento de la Deuda del Estado para poder calcular dicho mínimo, es decir, la rentabilidad media del tipo medio, los publica regularmente el Ministerio de Hacienda y puedes consultarlos en este enlace (que, hasta ahora, siempre lleva al último publicado): http://www.tesoro.es/sites/default/files/estadisticas/Estadisticas_ES.pdf. Aquí puedes ver tanto el volumen como el interés anual medio de cada tipo de deuda por años desde 2002 y por meses desde enero de 2018. Tienes que calcular el promedio ponderado de la deuda de más de 2 años o, en su caso, de la deuda de vencimiento igual o superior a 5 años.
Un saludo
De acuerdo, muchísimas gracias por la información. Un saludo
Hola,
Para una valoración de suelo rústico por el método de capitalización de rentas, en la que es necesario el tipo de capitalización el valor promedio de los datos anuales publicados por el Banco de España de la rentabilidad delas Obligaciones del Estado a 30 años, correspondientes a los tres años anteriores a la fecha a la que deba entenderse referida la valoración, cuál sería el valor que por el que debo capitalizar para el mes de octubre de 2020?
Gracias de antemano.
Hola Alberto.
La información que buscas la puedes encontrar aqui:
http://orbenismo.es/rendimiento-deuda-publica/
Un saludo.
Gracias,
Un saludo,